Ley Orgánica Núm. 81 de 14 de marzo de 1912, según enmendada. Constitución del Estado Libre Asociado del 25 de julio de 1952, Artículo IV, Sección 6. Regular y fiscalizar la prestación de los servicios de salud en Puerto Rico y velar porque se cumplan las normas para garantizar el bienestar general del pueblo.
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